Referéndums sobre derechos fundamentales: ¿democracia o manipulación?

Referéndums sobre derechos fundamentales: ¿democracia o manipulación?

Doce meses de debate después, Portugal no se pone de acuerdo sobre la pertinencia de consultar a su ciudadanía por la adopción y la coadopción de parejas del mismo sexo. ¿Cuándo debe implicarse al pueblo? ¿El referéndum es un ejercicio de transparencia o una herramienta política?

Imagen: J. Marcos
03/04/2014
01/ Madre e hija caminan de la mano, en un contexto nebuloso para la adopción y coadopción por parejas del mismo sexo. / J. Marcos

Madre e hija caminan de la mano, en un contexto nebuloso para la adopción y coadopción por parejas del mismo sexo. 

¿Está de acuerdo con que el/la cónyuge o la pareja de hecho del mismo sexo pueda adoptar al hijo/a de su cónyuge o de su pareja de hecho? ¿Y con la adopción por personas del mismo sexo? Un año después Portugal sigue sin ponerse de acuerdo. No sobre las respuestas acerca de la coadopción y la adopción por parte de homosexuales, sino sobre la pertinencia de formular estas preguntas a la ciudadanía.

Gran parte de la derecha portuguesa aboga por llevar las dos cuestiones a las urnas, mientras la izquierda se opone en bloque y exige su aprobación inmediata. El presidente, Cavaco Silva, prefirió mirar para otro lado pasando la bola al Tribunal Constitucional, que ha prohibido la consulta popular. Entre medias, acusaciones, dimes y diretes, manifestaciones de unos y de otros, disputas internas en el seno de los partidos, la atención mediática garantizada y alguna que otra dimisión sonada. Casi doce meses después el debate sigue donde empezó: en el Parlamento.

“Las leyes relativas a los derechos fundamentales tienen que ser pedagógicas, yendo por delante de la opinión pública. En ese caso son un actor de alteración de la percepción social”, indica un dirigente de ILGA-Portugal

Familias como la de Fabíola Cardoso, Ana Prata y sus hijos Alexandre y Maira siguen esperando. Madre por inseminación artificial, el tiempo apremia sobre todo para Fabíola, a quien el año pasado le diagnosticaron un cáncer de mama invasivo. Después vinieron las mastectomías, los ingresos, la quimioterapia. El miedo. “¿Qué pasaría con mis hijos si hubiera fallecido en la mesa de operaciones? ¿Conseguiría su otra madre la tutela? Esta discusión es lamentable. Pretender que la gente opine sobre los derechos de las hijas y los hijos de familias como la nuestra es triste”, lamenta esta profesora de Biología y activista LGBT, en unas declaraciones recogidas por Expresso.

¿En qué circunstancias es aceptable un referéndum? ¿Cuándo debe implicarse a la ciudadanía?, ¿sobre todos los asuntos imaginables o con excepciones? ¿Los derechos humanos pueden estar sujetos a la aprobación social? ¿La consulta popular es un ejercicio de transparencia o una herramienta política de manipulación y escapismo? Por ejemplo, ¿debería someterse a votación pública el actual proyecto de ley de Alberto Ruiz Gallardón con respecto a la interrupción del embarazo? O haciendo un viaje atrás en el tiempo, ¿qué hubiera pasado si la ley del matrimonio entre personas del mismo sexo aprobada por el anterior Gobierno español hubiera pasado primero por el escrutinio popular?

“Son recomendables cuando existen cuestiones que suscitan una fuerte controversia social y se quiere comprobar el apoyo explícito que la ciudadanía concede a una determinada medida política. Se utilizan con frecuencia para dirimir asuntos fronterizos entre la moralidad púbica y la privada. No son incompatibles con la labor legislativa. Son cuestiones distintas”. El profesor titular de Ética y Deontología periodística en la Universidad de Sevilla, Juan Carlos Suárez, marca el punto de partida del debate; y da las primeras claves: “Todas las instituciones políticas se justifican por la protección de los derechos individuales. Las realidades sociales cambian y un estado liberal debería evitar que la moralidad mayoritaria se convirtiera en un obstáculo para regular nuevas formas de convivencia. No hacerlo constituye un modo de limitar nuevas dimensiones de los derechos de las personas”.

La madeja portuguesa

En mayo de 2013 la Asamblea de la República aprobaba el proyecto de ley sobre la coadopción y la adopción por parejas del mismo sexo. Fue posible gracias al apoyo de algunos miembros díscolos del Partido Social Demócrata, que gobierna en coalición con el CSD-PP (Centro Democrático Social/Partido Popular). Cinco meses después, las juventudes del mismo PSD corregían la deriva proponiendo someter a consulta pública ambas cuestiones. Desataron el enfado de quienes les acusaban de entorpecer y dificultar el proceso con el objetivo no declarado pero evidente de retrasar e incluso impedir su aprobación.

Desde la formación mayoritaria en la oposición, la diputada del Partido Socialista (PS) Isabel Moreira deja caer las primeras sospechas: “Después de una larga lucha, nuestra democracia es representativa. El recurso al referéndum puede ser un ‘arma’ de lucha política o una fuga de las responsabilidades que los ciudadanos depositan en los electos, a través precisamente del voto”. Recoge el guante el dirigente de ILGA-Portugal (Asociación Internacional de Gays y Lesbianas), Paulo Côrte-Real: “En los últimos años la sociedad portuguesa ha evolucionado mucho en términos sociales y de aceptación, lo que se refleja en la lucha por la igualdad en sus diferentes niveles. En ese sentido es interesante encontrar maneras de visibilizarla, lo que no significa que deba ser consultada para todo”.

Finalmente fue a principios de 2014 cuando el Parlamento aceptó que se decidiera mediante referéndum la adopción conjunta de parejas del mismo sexo y la del hijo o hija biológico de un cónyuge por el otro (lo que afecta sobre todo a parejas de gais y lesbianas). Impuesta la disciplina de voto, el PSD se dejó por el camino a caras tan reconocidas por el electorado luso como la vicepresidenta Teresa Leal, que decidió abandonar su escaño en una espantada que puso en jaque la estabilidad del Ejecutivo.

02/ Los colegios electorales de Portugal han acogido tres referéndums, dos de ellos sobre la despenalización del aborto. / J. Marcos

Los colegios electorales de Portugal han acogido tres referéndums, dos de ellos sobre la despenalización del aborto. 

El presidente de la República, Cavaco Silva (PSD), tuvo la última palabra. Católico confeso y hombre de costumbres conservadoras, optó por dejar la pelota en el tejado del Tribunal Constitucional, que tumbó la propuesta al declararla inconstitucional. La Carta Magna sólo considera legítimos aquellos referendos que versen sobre “cuestiones de relevante interés nacional”, una de las condiciones esgrimidas por quienes se oponen a la consulta, cuando desde mayo de 2011 Portugal se acuesta y se levanta bajo la mirada de la troika y sus medidas de austeridad.

Los constitucionalistas tampoco se ponen de acuerdo acerca de si se trata de un único tema (la relación de filiación) o bien de dos asuntos diferenciados (la adopción y la coadopción), aspecto este último que la Constitución expresamente prohíbe llevar a un mismo referéndum. Hay asimismo quienes defienden que se podría producir una respuesta contradictoria y difícilmente explicable o que incluso una de las respuestas condicionara la otra, y viceversa. Además, ¿se trata de los derechos de las y los adoptantes o de los derechos de las y los adoptados?

La incertidumbre ahora es enorme. En teoría, el Parlamento es quien tiene que decidir si insiste en su tentativa y reformula las preguntas, para lo que habría que repetir todo el proceso. La patata caliente está una vez más en manos de las y los diputados, que antes o después tendrán que decidir. En todo caso el referéndum se proyectaría más allá de las Elecciones Europeas de finales de mayo, que por ley no pueden coincidir con ninguna otra consulta. Pero después vienen los meses de verano y las consecuentes vacaciones, con lo cual la madeja se enredaría hasta finales de año, como poco.

La cuestión del aborto

Hasta en tres ocasiones ha sido llamada a referéndum la ciudadanía lusa. La primera vez fue en junio de 1998, con la despenalización del aborto como la interrogación a la que se enfrentaron las portuguesas y los portugueses. Ganó el ‘no’ pero el 31 por ciento de participación dejó sin efecto la consulta, pues la Constitución establece que el resultado sólo es vinculante en el caso de que vote más de la mitad del electorado inscrito, porcentaje que por cierto no se ha alcanzado en ninguna de las ocasiones.

“Después de haber sido aprobada una ley en el Parlamento, al día siguiente un acuerdo político entre las dos fuerzas principales dio origen a la consulta. Fue muy traumático para las feministas porque había muchas personas que se preguntaban que para qué votar si ya había una ley aprobada”, explica la investigadora Manuela Tavares, quien subraya que “no había motivos para para la consulta pero nos fue impuesta y tuvimos que ir a la campaña”.

La fundadora y directiva de UMAR (Unión de Mujeres Alternativa y Respuesta) tacha los diez años posteriores de “larga travesía”. Una década en la que la postura feminista dio un giro de 180 grados: “Tuvimos que mudar nuestra posición porque, dados los precedentes, cualquier ley que no pasara por la opinión pública era rechazada inmediatamente. Necesitábamos que se nos preguntara”. En 2007 el presidente socialista José Sócrates repitió el referéndum para despenalizar el aborto: esta vez salió que ‘sí’ pero con el 43 por ciento de participación. El respaldo seguía siendo insuficiente. Tuvo que ser el Gobierno quien, por propia iniciativa y amparándose en su mayoría parlamentaria, reformara la ley.

De los tres referendos que ha conocido la reciente historia democrática de Portugal, dos han sido por la despenalización del aborto (el tercero, celebrado en noviembre de 1998, se centró en si el país debía administrarse con regiones autónomas). ¿Qué sucedería si se sometiera a votación pública el actual proyecto de ley de supuestos que propone el Ejecutivo del Partido Popular en el Estado español? Pero antes que eso, ¿debería ser sometido al escrutinio público?

“Los derechos fundamentales no son ni pueden ser objeto de consulta popular, en la que una mayoría decide el estatuto de ciudadanía. Es una lógica totalitaria que infelizmente ha sido usada recientemente por países como Suiza, donde la xenofobia invadió el debate sobre los inmigrantes”, responde la diputada Moreira, para quien “la vida privada es un derecho fundamental. El aborto no debería haber sido llevado a referéndum”.

Sobre la mesa lusa ahora ya no está el aborto sino la adopción y la coadopción. El referéndum “puede terminar por ser engañoso. Aunque a priori permite el debate, hay muchas formas de invertirlo y de influir en las personas. Más cuando existe un contexto como el nuestro: pasamos por una dictadura de 48 años de total hermetismo al exterior, mayor que la vivida en España. Este conservadurismo fue arraigándose en la mentalidad de las personas y, a pesar de la Revolución de los Claveles, todavía existe. Sobreponerse a esta onda conservadora es muy complicado en un ambiente de austeridad”, advierte Manuela Tavares.

03/ ¿Está de acuerdo con la adopción por personas del mismo sexo? / J. Marcos

¿Está de acuerdo con la adopción por personas del mismo sexo? 

Las consultas populares en España

Lo que es evidente, también para la Constitución portuguesa en su Artículo 13, es que nadie puede ser discriminado en función de su orientación sexual. “Las preguntas no se adecuan a una democracia por dos razones diferentes: en el caso de la adopción estamos hablando de un asunto vinculado con los derechos de una minoría discriminada. Y, por su parte, la coadopción es una cuestión sobre la cual la Comisión Europea de los Derechos Humanos ya se pronunció a favor… someterlo a votación implicaría revisar nuestra pertenencia al Consejo de Europa, cumplir o no una convención que es obligatoria. Es fundamental salvaguardar los derechos de las minorías”, añade Côrte-Real.

Entonces, ¿cuándo convocar un referéndum y quién lo decide? “Es complicado. El mismo argumento puede servir en una coyuntura y no en otra. La luz que nos debe orientar son los derechos humanos. Aunque siempre existe, es cierto, la contra-argumentación. ¿Hablamos de los derechos de las mujeres o de los derechos del feto? Hay que analizarlo en términos de lo que, en el ámbito internacional, es asumido como sujeto de derechos humanos. Estas cuestiones no se pueden resolver desde una posición neutra. Los posicionamientos deben partir siempre de las ideologías y de cómo las personas se sitúan en la sociedad”, afirma la fundadora y directiva de UMAR.

Las voces consultadas coinciden en que los derechos humanos no son susceptibles de debate social. Así lo ha respetado hasta ahora el Estado español, donde siendo puristas el primer referéndum de la historia democrática fue el que sancionó la Constitución, el 6 de diciembre de 1978. Participó el 67,1 por ciento de la población y el ‘sí’ alcanzó el 88,5 por ciento de los votos. Ocho años después, el Gobierno de Felipe González convocaba nuevamente a las urnas: el 54,9 por ciento del censo respondió al llamamiento y el 52,5 por ciento ratificó la permanencia de España en la OTAN. El tercer referéndum se celebró en 2005, con José Luis Rodríguez Zapatero, para refrendar la Constitución de la Unión Europea. Votó el 42,3 por ciento y el sí alcanzó el 76,1 por ciento.

Aparte están los referendos vinculados con estatutos de autonomía, que con una participación dispar todos se han decantado por el ‘sí’. Son los celebrados por Euskadi (en 1979, con el 59,7 por ciento de participación y opción mayoritaria por el sí 90,2 por ciento), Catalunya (en 1979, 59,7 participación y 88,1 ‘sí’), Andalucía (1980, 64,1 participación y 86,9 ‘sí’) y Galicia (1980, 28,2 participación y 89,3 ‘sí’), y nuevamente Catalunya (2006, 48,8 participación y 73,2 ‘sí’) y Andalucía (2007, 36,2 participación y 87,4 ‘sí’).

La celebración de un referéndum sería, en la línea dibujada por las personas preguntadas, menos democrática que el hecho de que los partidos elegidos alcancen acuerdos. Dichos consensos pueden traducirse posteriormente en leyes que vayan más allá de su aplicación, sentando incluso las bases de un cambio. “Las leyes relativas a los derechos fundamentales tienen que ser pedagógicas, yendo por delante de la opinión pública. En ese caso son un actor de alteración de la percepción social”, indica el dirigente de ILGA-Portugal.

En 2010 Portugal siguió el paso dado por España cinco años antes y aprobó el matrimonio entre personas del mismo sexo. Según explica Tavares, “la ley del matrimonio homosexual no necesariamente hubiera pasado en un referéndum. Pero lo aprobó el Parlamento y eso ayuda a cambiar las mentalidades, a que las personas vean de forma más ‘normal’ algo que consideraban ‘anormal’. En ciertas situaciones, no en todas, es necesario que primero venga la ley. Hay diferentes formas de participación y no siempre un referéndum es la mejor por excelencia”.

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