Derecho a una vida libre de violencias para las mujeres

Derecho a una vida libre de violencias para las mujeres

A partir de la experiencia del Tribunal de Derechos de las Mujeres celebrado en junio en Bilbao, Mugarik Gabe reflexiona sobre la aplicación de políticas y leyes contra las violencias machistas.

25/11/2013

Lidia Ruiz Gómez. Mugarik Gabe

Tribunal de Derechos de las Mujeres

Participantes en el Tribunal de Derechos de las Mujeres

Ante una de tantas agresiones de su pareja, Inés decidió defenderse, no sólo defenderse sino también denunciar.

María opuso resistencia al grupo paramilitar que operaba en su comuna en Medellín, estableció estrategias para que sus hijos huyeran, se negó a pagar mensualmente a ese grupo y, tras varias agresiones sexuales, escapó del lugar. Pasado el tiempo y superado muchos miedos, denunció.

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Oihana sufrió torturas sexistas durante el periodo de incomunicación, lo denunció ante el médico y el juez.

Las instituciones, en vez de tomar medidas para la defensa efectiva, reparación y establecer estrategias de no repetición, ignoran a estas mujeres e incluso las criminalizan, en una aplicación perversa de la ley

¿Qué respuesta recibieron de las instituciones?

Inés fue denunciada por la Fiscalía de Gipuzkoa por las lesiones que ocasionó a su expareja al defenderse.

María no fue reconocida e incluida en el Sistema de Información de Población Desplazada, se le negó la posibilidad de acceder a la justicia y reparación.

A Oihana no la escucharon, ni tramitaron sus denuncias de torturas sexistas, y el procedimiento siguió. Tras varios meses, recurrió a instancias europeas de Derechos Humanos.

Escuchamos los testimonios de estas tres mujeres durante el Tribunal Internacional de Derechos de las Mujeres, Viena +20 Euskalherria 2013. Las tres enfrentaron violencias machistas en diversas expresiones y, como señaló el jurado del Tribunal en su resolución final, “en este contexto internacional se da una vulneración de los derechos humanos que afecta de manera específica y radical a las mujeres que, en muchas ocasiones, enfrentan la criminalización por sus luchas en defensa de esos derechos, así como una impunidad sistemática”.

Inés, María y Oihana son tres de las miles de mujeres en el mundo que sufren violencia machista, y deciden enfrentarla. Vemos que, aun habiendo avances, las instituciones en algunos casos en vez de tomar medidas para su defensa efectiva, reparación y establecer estrategias de no repetición, ignoran a estas mujeres e incluso las criminalizan, en una aplicación perversa de la ley.

Como señaló Rita Segato, encargada de contextualizar los tres casos en el bloque sobre ‘Derecho a una vida libre de violencias’ del Tribunal, “como comprobamos en los detalles de los tres casos juzgados, la mentalidad de los propios jueces, fiscales, y otros actores de la escena de la justicia, sean éstos mujeres u hombres, se encuentra formateada de forma inescapable por las lógicas y afectos que emanan de la estructura patriarcal, que se encuentra simultáneamente fuera y dentro de los sujetos, todos, encaminando deseos, determinando elecciones, traicionando inclusive nuestra voluntad de cambio. En otras palabras, la estructura que formatea la mentalidad de quienes administran la justicia en el orden estatal y de los agresores que esos administradores deberán juzgar es la misma, y es el propio orden o patrón patriarcal, es decir, la estructura de la matriz binaria y desigual del género“. El sistema judicial sigue las pautas patriarcales y quienes lo aplican también.

El Tribunal visualizó la necesidad no sólo de conseguir plasmar nuestras demandas en leyes, convenciones, etc. sino de incidir en su correcta aplicación para que estos instrumentos no se conviertan en papel mojado

Los Estados directamente implicados en los tres casos mencionados son el colombiano y el español, que han ratificado los principales tratados internacionales que emanan de la Declaración Universal de Derechos Humanos, plenamente vinculantes: Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, según sus siglas en inglés), así como su Protocolo Facultativo; Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, y Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, así como su Protocolo Facultativo. (Este último aún no ratificado por Colombia).

Como señaló la abogada María Naredo, quien ejerció de fiscal durante el Tribunal, “la respuesta de los Estados español y colombiano frente a la violencia machista no se adecua a lo establecido en los instrumentos internacionales en cuatro aspectos generales. Acusó al Estado español de abordar la violencia de género de forma parcial, dejando vacíos fundamentales respecto a otras manifestaciones de la misma, y de incumplir el principio de “no discriminación”,  dejando desprotegidos a determinados grupos de víctimas.

La abogada también acusó a ambos Estados (español y colombiano) se les acusa de no garantizar el derecho a la reparación, e incumplir sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres en lo relativo a “hacer los derechos realidad”, especialmente en lo que respecta a la capacitación y rendición de cuentas de profesionales del sector policial y judicial.

El Tribunal Internacional de Derechos de las Mujeres se realizó durante dos días en junio en Bilbao, y se escucharon las voces de 8 testimonios y 6 expertas en Derecho al aborto, Derecho a una vida libre de Violencias y Derecho a un nivel de vida digno para las Mujeres. Se evidenció que, a pesar de los innegables avances en materia de derechos de las mujeres y su defensa, nos queda un largo camino por recorrer.

Como quedó recogido en la Resolución del Jurado, el Tribunal instó a los Estados y organismos internacionales “a garantizar los derechos humanos de las mujeres, entendidos como universales e interdependientes, y cumplir las normas que regulan los mismos de modo imperativo, coercitivo y ejecutivo, yendo más allá de las declaraciones de intenciones y, a través de políticas y medidas debidamente financiadas, evaluadas y en las que participen las organizaciones de mujeres”.

Debemos repensar y utilizar todos los instrumentos a nuestro alcance en el esfuerzo por erradicar todas las violencias machistas. El Tribunal visualizó la necesidad no sólo de conseguir plasmar nuestras demandas en leyes, convenciones, etc. sino la necesidad de seguir incidiendo en su correcta aplicación para que todos estos instrumentos no se conviertan en papel mojado y sí en herramientas fundamentales para la defensa de los Derechos de las Mujeres.

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